{"id":2541,"date":"2016-03-11T18:18:26","date_gmt":"2016-03-11T18:18:26","guid":{"rendered":"http:\/\/pldaldia.com\/portada\/?p=2541"},"modified":"2016-03-11T18:18:26","modified_gmt":"2016-03-11T18:18:26","slug":"siempre-ha-cumplido","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/pldaldia.com\/portada\/siempre-ha-cumplido\/","title":{"rendered":"Siempre ha cumplido"},"content":{"rendered":"<p><em>Cesar Pina Toribio precisa que el PLD no ha impugnado resoluci\u00f3n de la JCE sobre cuota femenina<\/em><\/p>\n<p>La cuota asignada en la Ley Electoral a las candidaturas de mujeres siempre se ha respetado en el Partido de la Liberaci\u00f3n Dominicana (PLD), organizaci\u00f3n que procura en cada proceso comicial se cumpla dicho mandamiento legal.<\/p>\n<p>La precisi\u00f3n es del Delegado Pol\u00edtico del PLD ante la Junta Central Electoral, Cesar Pina Toribio, en \u00a0declaraciones por escrito tramitadas por la Secretar\u00eda de Comunicaciones del PLD en la que niega rotundamente que esa organizaci\u00f3n est\u00e9 impugnando una resoluci\u00f3n de la Junta Central Electoral, que distribuye por demarcaci\u00f3n, \u00a0la cuota femenina.<\/p>\n<p>El tambi\u00e9n miembro del Comit\u00e9 Pol\u00edtico del PLD explica que el pedimento que, \u00a0por su intermedio \u00a0\u00a0el Partido de la Liberaci\u00f3n Dominicana encaus\u00f3 ante la Junta Central Electoral, \u00a0fue de \u201cque se permita a los partidos pol\u00edticos organizar las candidaturas femeninas en el orden congresional,\u00a0 de modo que se cumpla con la cuota correspondiente teniendo en cuenta el universo de tales candidaturas con relaci\u00f3n a la suma total de candidaturas congresionales\u201d.<\/p>\n<p>Explica Pina Toribio que \u00a0la distribuci\u00f3n por circunscripciones no es un mandato expreso de la ley sino un esfuerzo plausible de la Junta Central Electoral de tratar de ajustar al m\u00e1ximo dicha distribuci\u00f3n.<\/p>\n<p>\u201cReiteramos nuestro respeto a la participaci\u00f3n de la mujer y, en consecuencia, la disposici\u00f3n legal que crea la cuota de la mujer; as\u00ed como la iniciativa de la Junta Central Electoral en procura de satisfacer al m\u00e1ximo dicho mandato\u201d concluye Cesar Pina Toribio sus declaraciones que la Secretar\u00eda de Comunicaciones del PLD copia de manera textual:<\/p>\n<p>DECLARACIONES DE CESAR PINA TORIBIO, delegado pol\u00edtico del PLD ante la Junta Central Electoral:<\/p>\n<p>El Partido de la Liberaci\u00f3n Dominicana (PLD) quiere aclarar por nuestra v\u00eda el sentido de nuestra solicitud\u00a0 de\u00a0 reconsideraci\u00f3n de\u00a0 la Resoluci\u00f3n de la Junta Central Electoral organizando\u00a0 la distribuci\u00f3n de la cuota femenina, para el caso de las elecciones congresionales.<\/p>\n<p>En\u00a0 primer lugar,\u00a0 negamos enf\u00e1ticamente que\u00a0 estamos impugnando la referida Resoluci\u00f3n ni mucho menos que nos neguemos a dar cumplimiento a dicha cuota, con la que siempre hemos estado de acuerdo y respecto de la cual en cada proceso electoral hemos hecho el esfuerzo de cumplirla.<\/p>\n<p>El Partido de la Liberaci\u00f3n Dominicana tiene un n\u00famero de candidaturas femeninas que exceden\u00a0 la cuota.\u00a0\u00a0 Lo que ocurre es que en el caso de las candidaturas a Diputados, y sobre todo en las provincias donde funciona la distribuci\u00f3n por Circunscripciones Electorales, se ha presentado la situaci\u00f3n de no disponer de candidaturas femeninas en el n\u00famero correspondiente a tales circunscripciones.<\/p>\n<p>Por eso, lo que solicitamos a la JCE para compensar esa situaci\u00f3n, fue que\u00a0 reconsidere la indicada Resoluci\u00f3n, permitiendo que los partidos puedan someter\u00a0 candidaturas\u00a0 que satisfagan el porcentaje indicado con respecto al universo de las mismas.<\/p>\n<p>Nuestro pedimento formal a la Junta Central Electoral, mediante comunicaci\u00f3n de fecha de 7 de marzo de 2016, fue de \u201cque se permita a los partidos pol\u00edticos organizar las candidaturas femeninas en el orden congresional,\u00a0 de modo que se cumpla con la cuota correspondiente teniendo en cuenta el universo de tales candidaturas con relaci\u00f3n a la suma total de candidaturas congresionales.\u201d<\/p>\n<p>Y esos casos, para lo que al Partido de la Liberaci\u00f3n Dominicana respecta, solo afectar\u00eda muy pocas circunscripciones.<\/p>\n<p>La distribuci\u00f3n por circunscripciones no es un mandato expreso de la ley sino un esfuerzo plausible de la Junta Central Electoral de tratar de ajustar al m\u00e1ximo dicha distribuci\u00f3n.\u00a0 Pero tal prop\u00f3sito debe dejar abierta la posibilidad de que en algunas jurisdicciones no se pueda cubrir la cuota local, siempre y cuando los partidos puedan postular mujeres en el\u00a0 n\u00famero\u00a0 que corresponda a dicha cuota, a\u00fan cuando fuere en otras jurisdicciones.<\/p>\n<p>Reiteramos nuestro respeto a la participaci\u00f3n de la mujer y, en consecuencia, la disposici\u00f3n legal que crea la cuota de la mujer; as\u00ed como la iniciativa de la Junta Central Electoral en procura de satisfacer al m\u00e1ximo dicho mandato.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Cesar Pina Toribio precisa que el PLD no ha impugnado resoluci\u00f3n de la JCE sobre cuota femenina La cuota asignada en la Ley Electoral a las candidaturas de mujeres siempre se ha respetado en el Partido de la Liberaci\u00f3n Dominicana (PLD), organizaci\u00f3n que procura en cada proceso comicial se cumpla dicho mandamiento legal. 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