{"id":50421,"date":"2022-09-07T14:41:02","date_gmt":"2022-09-07T18:41:02","guid":{"rendered":"https:\/\/pldaldia.com\/portada\/?p=50421"},"modified":"2022-09-07T14:41:02","modified_gmt":"2022-09-07T18:41:02","slug":"el-4-el-principio-de-progresividad-y-la-clausula-de-no-retroceso","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/pldaldia.com\/portada\/el-4-el-principio-de-progresividad-y-la-clausula-de-no-retroceso\/","title":{"rendered":"El 4%, el principio de progresividad y la cl\u00e1usula de no retroceso"},"content":{"rendered":"<p>Por: Felix Nova |El pasado 25 de agosto, el poder ejecutivo v\u00eda la Direcci\u00f3n General de Presupuesto deposit\u00f3 en la C\u00e1mara de Diputados un proyecto de modificaci\u00f3n a la ley 345-21, del Presupuesto General del a\u00f1o 2022, con el que propone la transferencia de fondos presupuestarios de distintas instituciones a otras, entre las que se encuentra la disminuci\u00f3n de fondos al Ministerio de Educaci\u00f3n.<\/p>\n<p>En los \u00faltimos a\u00f1os, el presupuesto general ha evolucionado para incluir aspectos pol\u00edticos, financieros y jur\u00eddicos, convirti\u00e9ndose m\u00e1s que en una herramienta del sistema de planificaci\u00f3n del Estado para constituir un mecanismo de incidencia del Estado en la econom\u00eda y un eje central en el control de la contabilidad central, sirviendo de gu\u00eda ejecutoria para un plan de Estado ejecutable en el tiempo (anual o plurianual) y en el espacio (reflejando toda la actividad econ\u00f3mica del Estado en su conjunto), adem\u00e1s siguiendo el mandato constitucional en el art. 234 establece la capacidad de modificar e incluir nuevas partidas presupuestarias.<\/p>\n<p>\u00bfCu\u00e1l es el inconveniente con eso? Vamos a enumerar cuales son los puntos que chocan con el tema de la educaci\u00f3n bajo el ordenamiento jur\u00eddico nacional de forma cronol\u00f3gica:<\/p>\n<p>Primero, con la promulgaci\u00f3n de la ley 66-97 sobre educaci\u00f3n, si bien es preconstitucional, es de car\u00e1cter org\u00e1nico en sentido material y su art\u00edculo 197, se refiere al financiamiento a la educaci\u00f3n en el que establece a partir de la promulgaci\u00f3n de la ley se deber\u00eda de invertir un 4% del Producto Interno Bruto.<br \/>\nSegundo, la Constituci\u00f3n dominicana en su art\u00edculo 63.10 establece que la inversi\u00f3n en educaci\u00f3n debe ser creciente y que en ning\u00fan caso se podr\u00e1 hacer transferencias de fondos consignados a financiar el desarrollo de la misma.<br \/>\nY tercero, se firm\u00f3 el Pacto Nacional para la Reforma Educativa en el a\u00f1o 2014, tal como lo dispone la ley 1-12 de la Estrategia Nacional de Desarrollo.<br \/>\nCon lo anterior, vemos que, mediante una modificaci\u00f3n de presupuesto para transferir fondos de instituciones, lo cual es permitido constitucionalmente, pero es contraria con un mandato constitucional sobre la inversi\u00f3n de la misma porque es contraria al car\u00e1cter creciente. Tambi\u00e9n, violenta el principio de progresividad y la cl\u00e1usula de no retroceso de los derechos econ\u00f3micos, sociales y culturales (en adelante DESC). Este principio se relaciona de forma estrecha con la prohibici\u00f3n de retrocesos o marchas atr\u00e1s injustificadas a los niveles de cumplimiento alcanzados, la \u201cno regresividad\u201d en la protecci\u00f3n y garant\u00eda de derechos humanos.<\/p>\n<p>\u00bfQu\u00e9 es la cl\u00e1usula de no retroceso de los DESC? bajo el criterio del Tribunal Constitucional dominicano en las sentencia TC\/0092\/12, supone que una vez logrados  ciertos avances en la concreci\u00f3n de los derechos econ\u00f3micos, sociales y culturales en medidas    de    car\u00e1cter    legislativo    o    reglamentario,    las    condiciones preestablecidas  no  pueden  ser  desmejoradas  sin  el  cumplimiento  de  una rigurosa  carga  justificativa  por  las  autoridades  competentes.<\/p>\n<p>Mientras, el Principio de Progresividad es aquella disposici\u00f3n legal, par\u00e1metro de interpretaci\u00f3n constitucional, que propende por el mejoramiento permanente y constante de las condiciones de vida del hombre y consagra en el ordenamiento positivo el derecho inalienable del hombre al mejoramiento de su calidad de vida. Dicho de otro modo; funciona como una suerte de v\u00e1lvula en el sistema de derecho, que no permite que se pueda retroceder en los niveles de conquistas protectoras logradas, en el presente caso ser\u00eda la conquista por la educaci\u00f3n. Y se expresa articuladamente con el principio de irrenunciabilidad y las reglas de la norma m\u00e1s favorable y de la condici\u00f3n m\u00e1s beneficiosa. Existen varias sentencias sobre ese principio en nuestra jurisprudencia constitucional como las sentencias TC\/0104\/20 y TC\/0203\/13.<\/p>\n<p>En ciertos casos el mandato de progresividad y la prohibici\u00f3n de medidas regresivas pueden estar en estrecha conexi\u00f3n con el principio de confianza leg\u00edtima, pues en \u00faltima instancia ambos presentan un elemento com\u00fan cuales el respeto por parte de las autoridades estatales del marco jur\u00eddico o f\u00e1ctico previamente creado para la satisfacci\u00f3n de derechos prestacionales.<\/p>\n<p>Al final, el Estado dominicano en su calidad de Estado Social de Derecho, est\u00e1 en la obligaci\u00f3n de garantizarles a todos sus habitantes una vida en condiciones dignas, as\u00ed como la mejora constante y progresiva de dichas condiciones. Para esto ha adoptado el compromiso de no crear, promover o aplicar medidas, normas o pol\u00edticas que vayan en detrimento de los DESC, y de no reducir las disposiciones ya existentes. Por tal motivo existe el Principio de Progresividad del Derecho, a saber, una disposici\u00f3n legal que funciona como par\u00e1metro de control y principal criterio de interpretaci\u00f3n, aplicaci\u00f3n y orientaci\u00f3n de la normatividad en torno a los DESC.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por: Felix Nova |El pasado 25 de agosto, el poder ejecutivo v\u00eda la Direcci\u00f3n General de Presupuesto deposit\u00f3 en la C\u00e1mara de Diputados un proyecto de modificaci\u00f3n a la ley 345-21, del Presupuesto General del a\u00f1o 2022, con el que propone la transferencia de fondos presupuestarios de distintas instituciones a otras, entre las que se [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":47631,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"tdm_status":"","tdm_grid_status":"","footnotes":""},"categories":[53],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/pldaldia.com\/portada\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/50421"}],"collection":[{"href":"https:\/\/pldaldia.com\/portada\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/pldaldia.com\/portada\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/pldaldia.com\/portada\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/pldaldia.com\/portada\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=50421"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/pldaldia.com\/portada\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/50421\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/pldaldia.com\/portada\/wp-json\/wp\/v2\/media\/47631"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/pldaldia.com\/portada\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=50421"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/pldaldia.com\/portada\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=50421"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/pldaldia.com\/portada\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=50421"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}