{"id":50887,"date":"2022-09-22T09:30:05","date_gmt":"2022-09-22T13:30:05","guid":{"rendered":"https:\/\/pldaldia.com\/portada\/?p=50887"},"modified":"2022-09-22T09:30:05","modified_gmt":"2022-09-22T13:30:05","slug":"alianza-publico-privada","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/pldaldia.com\/portada\/alianza-publico-privada\/","title":{"rendered":"Alianza P\u00fablico-Privada"},"content":{"rendered":"<p>Por: Carlos Manuel Manzano | En las \u00faltimas d\u00e9cadas se ha venido observando en el mundo, y de manera especial en los pa\u00edses en v\u00eda de desarrollo, una clara tendencia al uso de diversas f\u00f3rmulas de alianzas entre el sector p\u00fablico y privado (las com\u00fanmente conocidas como APPs) para emprender proyectos comunes que conduzcan a la soluci\u00f3n de problemas vigentes o inminentes en favor de la poblaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Son distintas las modalidades que se emplean entre la Administraci\u00f3n P\u00fablica y los particulares o empresarios con la finalidad de llevar a cabo, de manera conjunta, proyectos de colaboraci\u00f3n o cooperaci\u00f3n que impliquen la financiaci\u00f3n, construcci\u00f3n, renovaci\u00f3n, o el mantenimiento de una infraestructura o la prestaci\u00f3n de un servicio en beneficio de la colectividad.<br \/>\nLa Republica Dominicana actualmente cuenta, por diversas razones, con un clima favorable para las inversiones privadas, as\u00ed como para que el sector privado colabore y participe con la Administraci\u00f3n Publica en la satisfacci\u00f3n del inter\u00e9s p\u00fablico, a trav\u00e9s de la ejecuci\u00f3n de obras en infraestructura y prestaci\u00f3n de servicios p\u00fablicos que, de una u otra forma, contribuyan con su desarrollo econ\u00f3mico y social.<br \/>\nEn fecha 20 de febrero de 2020 fue promulgada por el Presidente Danilo Medina Ley No. 47-20 sobre Alianzas P\u00fablico-Privadas, en inter\u00e9s de que el r\u00e9gimen econ\u00f3mico de nuestro pa\u00eds se oriente hacia la b\u00fasqueda del desarrollo humano, en un marco de libre competencia, igualdad de oportunidades, responsabilidad social, participaci\u00f3n y solidaridad, para lo cual resulta indispensable que el Estado, en asociaci\u00f3n con el sector privado, promueva un crecimiento equilibrado y sostenido de la econom\u00eda y el incremento del bienestar social, a la vez que asegurar el acceso de la poblaci\u00f3n a bienes y servicios b\u00e1sicos.<\/p>\n<p>Esta Ley genera condiciones propicias para la participaci\u00f3n del sector privado en el desarrollo de infraestructuras y provisi\u00f3n de servicios, en un esquema de confianza y cooperaci\u00f3n con los sectores p\u00fablicos.<br \/>\nDe igual manera, promueve alianzas estrat\u00e9gicas basadas en la corresponsabilidad y el esfuerzo conjunto de distintos sectores impulsando el continuo crecimiento econ\u00f3mico de la Rep\u00fablica Dominicana en el marco de la sostenibilidad.<br \/>\nSin embargo, al momento de desarrollar las herramientas para la aplicaci\u00f3n de este Ley, habr\u00e1n de tomarse en cuenta aspectos que deben ser considerados dentro de la discusi\u00f3n y an\u00e1lisis legislativo, y asi garantizar una normativa que surta los efectos esperados de contribuir con el desarrollo de nuestro pueblo.<br \/>\nEn primer lugar, con la nueva normativa debe procurarse, y a la vez garantizar, que los proyectos de APPs generen valor p\u00fablico, esto es, que tiendan a la soluci\u00f3n de un problema vigente o inminente en la poblaci\u00f3n.<br \/>\nSe debe lograr que la administraci\u00f3n de los eventuales riesgos que puedan generarse sea la m\u00e1s adecuada para las partes involucradas.<br \/>\nUno de los elementos que m\u00e1s resaltan en las APPs lo constituye el reparto de los riesgos, por lo que deben llevarse a cabo estudios y an\u00e1lisis rigurosos que nos conduzcan, de manera eficaz, a determinar c\u00f3mo se debe hacer un reparto eficiente, para reducir los costes de la misma, maximizar el beneficio social, minimizando potenciales contingencias y proporcionando una respuesta r\u00e1pida ante su posible impacto.<br \/>\nAsegurarse de que los proyectos APPs no acaben generando importantes cargas presupuestarias para futuras generaciones.<br \/>\nQue durante la gestion y ejecuci\u00f3n del proyecto se garantice una efectiva supervisi\u00f3n y fiscalizaci\u00f3n del mismo, de ambos sectores, tanto p\u00fablico como privado.<br \/>\nFomentar la competitividad y transparencia en los procesos de licitaci\u00f3n p\u00fablica, asi como en la fase de planificaci\u00f3n y estudios que sustenten el proyecto.<br \/>\nConfiamos que, tanto el sector p\u00fablico como el privado, colaboren para lograr estos objetivos y que las APPs no sean utilizadas como un artificio que pueda resultar altamente cuestionado tanto por su calidad, como por acciones dolosas en perjuicio del patrimonio p\u00fablico.<br \/>\nEn definitiva, de lo que se trata es de poder desarrollar las APPs para beneficio de la colectividad, es decir los ciudadanos, y que el sector privado dentro de ese proceso obtenga beneficios razonables dentro del riesgo asumido.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por: Carlos Manuel Manzano | En las \u00faltimas d\u00e9cadas se ha venido observando en el mundo, y de manera especial en los pa\u00edses en v\u00eda de desarrollo, una clara tendencia al uso de diversas f\u00f3rmulas de alianzas entre el sector p\u00fablico y privado (las com\u00fanmente conocidas como APPs) para emprender proyectos comunes que conduzcan a 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