{"id":74325,"date":"2024-11-06T16:17:30","date_gmt":"2024-11-06T20:17:30","guid":{"rendered":"https:\/\/pldaldia.com\/portada\/?p=74325"},"modified":"2024-11-06T16:17:30","modified_gmt":"2024-11-06T20:17:30","slug":"la-reforma-constitucional-de-abinader-y-sus-efectos-juridicos-1","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/pldaldia.com\/portada\/la-reforma-constitucional-de-abinader-y-sus-efectos-juridicos-1\/","title":{"rendered":"La Reforma Constitucional de Abinader y sus efectos jur\u00eddicos (1)"},"content":{"rendered":"<p>Por: Waganer Pi\u00f1eyro | Haciendo un an\u00e1lisis de la nueva constituci\u00f3n de octubre 2024, la de Abinader, algunos art\u00edculos de peri\u00f3dicos que tocan el tema de las reformas, y haciendo una comparaci\u00f3n con modificaciones de las constituciones, pude observar que solo en las reformas del 1844 y las 2015 se impuso art\u00edculos transitorios respecto al presidente en ejercicio para la no reelecci\u00f3n consecutiva luego de dos periodos seguidos.<\/p>\n<p>La propuesta de reforma a la Constituci\u00f3n de la Rep\u00fablica Dominicana oficialmente presentada el 19 de agosto de 2024 la Ley n\u00fam. 61-4, del 2 de octubre de 2024, que declara la necesidad de reformar la Constituci\u00f3n en los art\u00edculos 81, 166, 167, 169, 171, 178, 179, 209, 268 y 274, as\u00ed como tambi\u00e9n adicionar una disposici\u00f3n general como art\u00edculo 278, revisar y adicionar disposiciones transitorias.<\/p>\n<p>El gobierno del PRM y Luis Abinader cometieron graves yerros jur\u00eddicos y constitucionales en contra de un solo ciudadano.<\/p>\n<p>La palabra transitorio seg\u00fan wikipedia; es temporal o pasajero; que dura poco tiempo o un tiempo determinado, que corresponde a una transici\u00f3n o la constituye<\/p>\n<p>Transitorio quiere decir no duradero, perdurable o permanente; transitorio, que dura solo poco tiempo; que existe brevemente; temporal: autoridad transitoria<\/p>\n<p>En las constituciones, el \u201cderecho transitorio\u201d es el producto de una t\u00e9cnica legislativa utilizada por el constituyente o legislador para racionalizar el paso de un r\u00e9gimen jur\u00eddico a otro a trav\u00e9s de disposiciones temporales, sujetas a t\u00e9rminos o condiciones.<\/p>\n<p>El art\u00edculo 95 de la Constituci\u00f3n de 1844 rezaba: \u201cEl Presidente de la Rep\u00fablica es electo por 4 a\u00f1os, y entra en ejercicio en las elecciones ordinarias del 15 de febrero; y en las extraordinarias, treinta d\u00edas, a lo m\u00e1s, despu\u00e9s de su nombramiento (\u2026)\u201d.<\/p>\n<p>Sin embargo, el transitorio 206 consignaba lo siguiente: \u201cEl ciudadano en quien recaiga la elecci\u00f3n del soberano congreso constituyente para la presidencia de la Rep\u00fablica Dominicana, conservar\u00e1 su cargo durante dos per\u00edodos constitucionales consecutivos; en consecuencia, terminar\u00e1 su ejercicio el 15 de febrero de 1852\u201d.<\/p>\n<p>Mientras que, en 1994, el art\u00edculo transitorio 121 recort\u00f3 el per\u00edodo presidencial al extinto presidente Joaqu\u00edn Balaguer, lo cual fue juzgado conforme a la Constituci\u00f3n luego de que el fenecido Ram\u00f3n Pinna Acevedo interpusiera una acci\u00f3n de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia.<\/p>\n<p>Asimismo, fue mediante la disposici\u00f3n transitoria 122 del texto de esa Constituci\u00f3n que se separaron las elecciones presidenciales y congresuales de las municipales, sistema que fue replicado por la Constituci\u00f3n de 2010.<\/p>\n<p>En su art\u00edculo 124 cita que \u201cel Poder Ejecutivo lo ejerce el presidente de la Rep\u00fablica, quien ser\u00e1 elegido o elegida cada cuatro a\u00f1os por voto directo. El presidente de la Rep\u00fablica podr\u00e1 optar por un segundo per\u00edodo constitucional consecutivo y no podr\u00e1 postularse jam\u00e1s al mismo cargo ni a la vicepresidencia de la Rep\u00fablica\u201d.<\/p>\n<p>Se entiende de que las disposiciones transitorias, como ella misma se definen son de tr\u00e1nsito o provisional, desde el mismo instante en que se declara de ley de urgencia para la modificaci\u00f3n constitucional, ah\u00ed mismo cesan las disposiciones transitorias.<\/p>\n<p>Por lo que la Ley n\u00fam. 61-4, del 2 de octubre de 2024, que declara la necesidad de reformar a la Constituci\u00f3n ces\u00f3 en vigencia las disposiciones transitorias de la Constituci\u00f3n del 2015, desaparecieron, se eliminaron y dejaron de surtir efecto jur\u00eddico contra un solo ciudadano, lo que se convierte en una ilegalidad constitucional, traer por los mo\u00f1os y ser ratificadas en la reforma constitucional del 2024 imponi\u00e9ndose y rectificando la disposici\u00f3n transitoria Novena diciendo lo siguiente actualmente: En el caso de que el Presidente de la Rep\u00fablica correspondiente al per\u00edodo constitucional 2012-2016 sea candidato al mismo cargo para el per\u00edodo constitucional 2016- 2020, no podr\u00e1 presentarse para el siguiente per\u00edodo ni a ning\u00fan otro per\u00edodo, as\u00ed como tampoco a la Vicepresidencia de la Rep\u00fablica, violatorio a un solo ciudadano dominicano, Danilo Medina.<\/p>\n<p>Esta ilegalidad constitucional viola el derecho de ciudadan\u00eda del de Danilo Medina S\u00e1nchez en cuanto a elegir y ser elegible art\u00edculo 22 de la constituci\u00f3n dominicana que establece, cito: Derechos de ciudadan\u00eda. Son derechos de ciudadanas y ciudadanos: 1) Elegir y ser elegibles para los cargos que establece la presente Constituci\u00f3n.<\/p>\n<p>Violaci\u00f3n del art\u00edculo 208 de la Constituci\u00f3n, y de los art\u00edculos 6, 7, 21 numerales 1,2,3, de la Declaraci\u00f3n Universal de los Derechos Humanos.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por: Waganer Pi\u00f1eyro | Haciendo un an\u00e1lisis de la nueva constituci\u00f3n de octubre 2024, la de Abinader, algunos art\u00edculos de peri\u00f3dicos que tocan el tema de las reformas, y haciendo una comparaci\u00f3n con modificaciones de las constituciones, pude observar que solo en las reformas del 1844 y las 2015 se impuso art\u00edculos transitorios respecto al [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":72114,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"tdm_status":"","tdm_grid_status":"","footnotes":""},"categories":[53],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/pldaldia.com\/portada\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/74325"}],"collection":[{"href":"https:\/\/pldaldia.com\/portada\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/pldaldia.com\/portada\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/pldaldia.com\/portada\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/pldaldia.com\/portada\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=74325"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/pldaldia.com\/portada\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/74325\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/pldaldia.com\/portada\/wp-json\/wp\/v2\/media\/72114"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/pldaldia.com\/portada\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=74325"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/pldaldia.com\/portada\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=74325"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/pldaldia.com\/portada\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=74325"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}