Ambiente propicio

Por:: Pablo del Rosario | La expresión “BUENA GOBERNANZA” esta siendo entendida y puesta en práctica por la mayoría de los países de Latino América y El Caribe. Republica Dominicana no es la excepción.

En ese marco, hacemos énfasis a fin de que las instituciones auditables por la Cámara de Cuentas, es decir, las que administran recursos y fondos públicos, pongan su mayor esfuerzo para cumplir con los elementos básicos de ese concepto, que son: Transparencia y Rendición de Cuentas, y, como derivada imperativa surge la Fiscalización.

Esos tres elementos constituyen lo que podríamos llamar el denominador común de los países en donde existe una real preocupación por el cuidado de sus patrimonios.

Sin pretender entrar en definiciones muy precisas, podemos decir que la Transparencia, en el caso que nos ocupa, está integrada por las evidencias justificativas de las cifras y eventos contenidos en la información financiera presentada por las entidades arriba mencionadas; la Rendición de Cuentas, tiene que ser completa y veraz, además, cumplir de manera estricta los plazos establecidos por la ley; y, la Fiscalización, demanda auditar la información financiera presentada. La responsabilidad de fiscalizar, esta asignada por mandato Constitucional a la Cámara de Cuentas de la Republica.

El resultado del trabajo de fiscalización se expresa a través de la emisión del informe de auditoría, el cual contiene: a) Carta a la Gerencia, como subproducto del estudio y análisis del sistema de control interno, b) Información introductoria, c) Dictamen con la opinión de los auditores de la Cámara de Cuentas de la República, d) Información Financiera de la Entidad, e) Notas a los Estados Financieros, o, ejecución presupuestaria (según el caso), f) Observaciones de Auditoria, g) Conclusiones, h) Recomendaciones, y, los Anexos.

Si se tratase de un trabajo de Investigación Especial, el informe de la Cámara de Cuentas deberá contener:
I) Información Introductoria, II) Descripción de los Requerimientos, III) Información Financiera de la Entidad, IV) Descripción de los Hechos y Resultados de la Investigación, V) Conclusiones Generales, VI) Recomendación General, y, los Anexos.

Como se puede apreciar, la Investigación Especial, no contiene la opinión de los auditores de la Cámara de Cuentas; esto se debe a que no es una auditoria.

La Cámara de Cuentas, publica el informe de su trabajo en el portal electrónico de la institución, para conocimiento de la ciudadanía en general, además, lo remite en formato impreso a los responsables de la entidad auditada, a la Contraloría General de la República, a la Liga Municipal Dominicana, (si es una entidad a municipal), a la Dirección General de Impuestos Internos, al Ministerio Publico (si aplica), y, a cualquier otro organismo contemplado en la ley.

Como se habrá podido observar, la labor de la Cámara de Cuentas propicia un ambiente favorable para la “BUENA GOBERNANZA”.

Hasta luego…