Humorada

Y dale con los gabinetes. Según la Constitución de la República es atribución del Ejecutivo   nombrar los ministros y viceministros  y demás funcionarios públicos  que  ocupen  cargos de  libre de nombramiento o cuya designación no  se atribuya a ningún  otro organismo  del  Estado. Además  el ejecutivo es quien designa los  y las titulares de los  órganos y organismos autónomos y descentralizados del Estado. Es decir que es una facultad exclusiva del Presidente. Todos los escritos, comentarios, análisis, especulaciones, rumores o bolas son eso. Rumores y mucho bla, bla y bla.