Y dale con los gabinetes. Según la Constitución de la República es atribución del Ejecutivo nombrar los ministros y viceministros y demás funcionarios públicos que ocupen cargos de libre de nombramiento o cuya designación no se atribuya a ningún otro organismo del Estado. Además el ejecutivo es quien designa los y las titulares de los órganos y organismos autónomos y descentralizados del Estado. Es decir que es una facultad exclusiva del Presidente. Todos los escritos, comentarios, análisis, especulaciones, rumores o bolas son eso. Rumores y mucho bla, bla y bla.


